Grupo Tragsa, medio propio de las Administraciones
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nes Públicas a efectos del Sistema Europeo de Cuentas (SEC 2010)
desde 2014 a instancias de la Comisión Europea, lo que supone
que su resultado computa a efectos de déficit público. Esta pe-
culiaridad marca el impacto en términos de eficacia y eficiencia
de los encargos, y acota el alcance de la capacidad de actuación
autónoma de las empresas al margen de las potestades públicas.
El ámbito de actuación del Grupo Tragsa y, por tanto, su objeto
social, de acuerdo con la nueva redacción dada por la
D.A. 24ª de
la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP),
compren-
de esencialmente actuaciones, obras, trabajos y prestación de
servicios en el ámbito rural en sentido amplio, tareas medioam-
bientales, mantenimiento, desarrollo, innovación y adaptación de
equipos y sistemas informáticos que den soporte a las diferentes
Administraciones Públicas o la realización de tareas para las que
se le requiera por la vía de urgencia o emergencia, o actividades
complementarias o accesorias a las citadas anteriormente. Esta
norma recoge, igualmente, que, además de en dicho ámbito, el
Grupo Tragsa está obligado a satisfacer las necesidades de los
poderes adjudicadores de los que es medio propio instrumental
adaptando y aplicando la experiencia adquirida en su actividad
tradicional a otros ámbitos de actuación, enmarcados siempre en
su objeto social.
La vinculación recíproca del Grupo y las Administraciones Públi-
cas de las que es medio propio es una característica que confor-
ma de manera esencial el desarrollo de su actividad y las proyec-
ciones que de ésta se hagan. En este sentido, de acuerdo con la
LCSP, al menos el 80% de la actividad en cada año ha de llevarse
a cabo en el citado entorno, y así debe certificarse y auditarse en
las Cuentas Anuales, y adicionalmente, el Grupo Tragsa no puede
actuar bajo otra condición que la de medio propio respecto de las
Administraciones Públicas titulares accionariales.
El trabajo del Grupo está sujeto a
tarifas públicas
, aprobadas por
las Administraciones Públicas titulares accionariales, y en el caso
de las unidades subcontratadas exclusivamente a su coste efecti-
vo, no siendo posible efectuar subcontrataciones en una cuantía
superior al 50% del encargo.
La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Publico (LRJSP)
y la ya citada LCSP recogen en su texto los requisitos que deben
cumplir las entidades del sector público institucional para obte-
ner la condición de medio propio, así como los que han de cum-
plir los encargos que se les hagan.
Ámbitos de actuación
La variedad de actuaciones y servicios del Grupo Tragsa para las
Administraciones Públicas abarca los siguientes ámbitos de acti-
vidad:
Desarrollo Rural
El Grupo Tragsa ofrece servicios integrales que permiten apoyar
las políticas convencionales e innovadoras de desarrollo rural en
todas sus fases, sirviendo de base para la ejecución de proyectos
que posibilitan poner en valor los territorios rurales. Cabe desta-
car las siguientes áreas de actividad:
• Ordenación del territorio.
• Modernización de infraestructuras.
• Programas de desarrollo rural sostenibles con enfoque te-
rritorial.
Medio Ambiente y Agua
La vocación del Grupo Tragsa en actuaciones medioambientales
es innata a su propio origen y objeto social. Además, es especialis-
ta en el control del ciclo del agua. Las intervenciones que desarro-
lla cubren los ámbitos de: