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Colectivo de Brigadas de Emergencia de la Comunidad Valenciana suscribió

una propuesta de acuerdo para aplicar el incremento retributivo del 1% esta-

blecido en La L ey de los Presupuestos Generales del Estado, con efectos de

1 de enero de 2017. La efectividad del acuerdo, dado el carácter de empresa

pública estatal, quedó sujeta a la obtención de las preceptivas autorizacio-

nes previas por parte de los organismos legalmente competentes, sin que, a

fecha 31 de diciembre de 2017 se hubiesen recibido las mismas, por lo que

se encuentra pendiente de aplicación, previa publicación del mismo y de las

tablas salariales actualizadas en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana.

En ambas propuestas de acuerdo, a diferencia de lo ocurrido en 2016 y con-

forme a las previsiones del artículo 23 de la Ley 3/2017, dicho incremento no

afecta a la actualización de los conceptos destinados a acción social.

Regulación de los puestos de segunda actividad del Convenio Colectivo

de Brigadas de Emergencia de la Comunidad Valenciana

.

El 17 de mayo de 2017 se alcanza un preacuerdo de Regulación de los Puestos

de Segunda Actividad para el colectivo de Brigadas de Emergencia de la Comu-

nidad Valenciana (BRE) a través de la revisión parcial de su VI Convenio Colectivo.

El preacuerdo se encuentra en trámites de obtener la autorización por la Comi-

sión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas, al ser

Tragsa una empresa mercantil pública estatal, perteneciente al sector público.

El preacuerdo alcanzado fue fruto de un prolongado proceso de negocia-

ción de la Comisión Negociadora para la Revisión Parcial del VI Convenio

Colectivo de Brigadas de Emergencia de la Comunidad Valenciana y con el

mismo se pretende adaptar el contenido del Convenio Colectivo a los reque-

rimientos de la encomienda de gestión realizada a Tragsa por la Generalitat

Valenciana en la que se contempla, expresamente, la existencia de puestos

de carácter no operativo cuya orientación podría ser la de la reubicación

de aquel personal adscrito al Servicio Brigadas de Emergencia que pierda

la operatividad para acudir a emergencias por no reunir los requisitos médi-

cos y/o aptitud física, siendo necesario la modificación parcial de la norma

convencional para modificar el sistema de clasificación profesional para la

incorporación de estos puestos.

En el referido acuerdo se realiza una regulación exhaustiva de todas las

condiciones de los puestos, tales como el número de puestos disponi-

bles, el acceso y permanencia en los mismos, funciones, jornada, retribu-

ciones y otras condiciones de trabajo para aquellos trabajadores que, por

razones médicas o de edad, no puedan permanecer en el servicio activo,

permitiendo con ello, a su vez, una mejora de la operatividad del Servicio

al optimizarse los medios disponibles en el mismo.

Dada la condición de Tragsa de sociedad mercantil pública, la validez y

vigencia del acuerdo alcanzado quedó, dadas las previsiones de la Ley de

Presupuestos Generales del Estado para 2017, en suspenso hasta la ob-

tención del informe favorable de la Secretaría de Estado de Presupuestos

y Gastos y de la autorización de la Comisión de Seguimiento de la Nego-

ciación Colectiva de las Empresas Públicas, encontrándose pendientes

de recepción ambos documentos a 31 de diciembre de 2017.

Modificación parcial del XVII Convenio Colectivo de Tragsa: Anexo

VII que regula las condiciones laborales del personal adscrito al Ser-

vicio de Brigadas de Refuerzo de Incendios Forestales (BRIF), Servi-

cio de Brigadas de Labores Preventivas (BLP) y Servicio de Equipos

de Prevención Integral de Incendios Forestales (EPRIF).

En fecha 1 de diciembre de 2017 se suscribe la propuesta de Acuerdo de

la revisión parcial del XVII Convenio Colectivo de Tragsa en su Anexo VII

que regula las disposiciones específicas para el personal adscrito al Servi-

cio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la encomienda

del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

MAPAMA, (Servicio de Brigadas de Refuerzo de Incendios Forestales –

BRIF-, Servicio de Brigadas de Labores Preventivas –BLP- y Servicio de

Equipos de Prevención Integral de Incendios Forestales –EPRIF-).

La firma del texto consensuado surge como una necesidad de adapta-

ción de los sistemas de organización del trabajo existentes con el fin de

adecuarlos y dar respuesta a las nuevas exigencias y necesidades del

Servicio, garantizando la normalidad en las relaciones con este colecti-

vo y una situación de estabilidad que permitirá una mayor eficiencia y

operatividad.

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MEMORIA DE SOSTENIBILIDAD

2017