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Memoria de Sostenibilidad

2019

179

Responsabilidad en materia de prevención de

riesgos laborales

A los requisitos ambientales explicados anteriormente se agregan

los que corresponden al cumplimiento de la normativa de pre-

vención de riesgos laborales por parte del proveedor.

El Grupo Tragsa dispone de la

plataforma e-Gestiona

, una herra-

mienta informática para la Coordinación de las Actividades Em-

presariales (CAE). Con ella se persigue asegurar que los colabora-

dores del Grupo cumplen sus obligaciones legales en materia de

prevención de riesgos laborales. Permite discernir con detalle qué

colaboradores cumplen sus obligaciones legales, informan de

los riesgos de su actividad y adoptan medidas para minimizarlos

(más información en el apartado 5.3. Empresa saludable y segura).

Responsabilidad en el cumplimiento de los

Derechos Humanos

La gran mayoría de la actividad del Grupo Tragsa se realiza en Es-

paña y el mapa de riesgos de la empresa no contempla como sig-

nificativo el riesgo de incumplimiento de los derechos humanos

en su cadena de suministro. No obstante, como socio firmante del

Pacto Mundial, el Grupo asume un compromiso expreso contra

las prácticas que vulneran los derechos humanos, rechazando

igualmente las prácticas de trabajo forzoso y explotación infantil.

De esta forma se alinea especialmente con los Principios 2, 4 y 5

del Pacto Mundial y los ODS 8 y 16:

• En su política de RSC (Compromiso con la Ética, el Buen

Gobierno y la Transparencia) fija este compromiso de la

siguiente manera: “Garantizando el respeto a los derechos

humanos fundamentales, rechazando cualquier práctica

que vulnere la dignidad individual o colectiva. El Grupo

Tragsa se compromete con la aplicación del contenido de

la Declaración Universal de los Derechos Humanos y del

Pacto Mundial de las Naciones Unidas, al que el Grupo se

encuentra adherido formalmente”.

• En su Código Ético (artículo 8) se expone que “el Grupo

Tragsa queda comprometido con los derechos humanos y

laborales reconocidos en la legislación nacional e interna-

cional”. Igualmente, en el citado artículo queda recogido el

“respeto a la libertad de asociación y negociación colectiva,

y los derechos nacionales de aquellos países donde presta

sus servicios o desarrolle su actividad, comprometiéndose

a valorar las diferencias existentes en cada uno de los ám-

bitos en los que actúe, en cuanto elemento enriquecedor

de su actividad y de la sociedad”.

Cabe indicar que estos compromisos se extienden a toda su cade-

na de suministro. Ambos documentos (Política de RSC y Código

Ético), están disponibles en la web corporativa del Grupo Tragsa.

En 2019 se ha entregado el Código Ético del Grupo Tragsa al 100%

de los proveedores que se ha contratado, incluyéndolo en todos

los pliegos, estuviesen o no sujetos a regulación armonizada.