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Grupo Tragsa

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Cuentas anuales consolidadas

BLOQUE IV. INFORMACIÓN RELATIVA

A LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

Y EL SOBORNO: MEDIDAS ADOPTADAS PARA

PREVENIR LA CORRUPCIÓN Y EL SOBORNO;

MEDIDAS PARA LUCHAR CONTRA EL

BLANQUEO DE CAPITALES, APORTACIONES

A FUNDACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO

DE LUCRO

El Grupo Tragsa desde el año 2014 cuenta con un modelo de prevención de

delitos ad hoc según lo establecido en el art. 31 bis del Código Penal.

Existe un Órgano de control, en concreto la Comisión de Gobierno de

responsabilidad corporativa y prevención de riesgos penales, comisión

delegada del consejo de administración. Formado por dos consejeros de

Tragsa uno de Tragsatec, y el secretario y vicesecretario del consejo.

También existe un Compliance Officer con autonomía e independencia,

que depende orgánicamente de esa comisión cuyas funciones están re-

cogidas en el Reglamento de la Comisión de Gobierno de responsabili-

dad corporativa y prevención de riesgos penales

Existe un Código Ético desde el año 2012, que fue modificado en 2015

y que será modificado nuevamente en 2019, que en sus art 20 dispone

el más absoluto rechazo a cualquier conducta tendente al soborno o la

corrupción entre particulares o con funcionarios públicos, ya sean espa-

ñoles o extranjeros

Existe un canal de denuncias interno

buzonetico@tragsa.es

donde cual-

quier empleado o tercero puede denunciar cualquier conducta delictiva,

corrupta o poco ética. Dichas denuncias serán investigadas por la unidad

de la Apoyo (formada por el Compliance Officer, el Subdirector de Au-

ditoria y la Subdirectora de relaciones laborales) que informará a la Co-

misión de Gobierno responsabilidad corporativa y prevención de riesgos

penales, que resolverá en consecuencia. Durante 2018 se han recibido 11

comunicaciones, habiendo entrado solo una a través del canal ético. Tres

de las comunicaciones recibidas estaban relacionadas con aspectos de

corrupción y soborno, a fecha de cierre de ejercicio una ha sido sobreseí-

da y dos continúan pendientes de resolución por la Fiscalía.

En los pliegos de prescripciones se incluyen cláusulas anticorrupción, que

pueden ser objeto de resolución unilateral:“El contrato podrá ser resuelto

a instancia de Tragsa, si ésta detectara la comisión, o intento, por parte del

contratado, o cualquiera de sus colaboradores, de cualquier acto que pu-

diera ser calificado como ilícito penal, o que pudiera dar lugar al mismo,

ya sea por dolo, culpa o negligencia”.

Existe un Manual de Prevención de Riesgos Penales en el que se estudian

a conciencia los delitos de corrupción y soborno: cohecho, tráfico de in-

fluencias, malversación, corrupción entre particulares, donde se estable-

cen los controles establecidos por la empresa para mitigarlos.

Se ha dado formación presencial en prevención de riesgos penales a to-

dos los miembros de la Alta Dirección, Organigrama, y mandos interme-

dios, habiendo finalizado en 2018 (954 trabajadores formados). Se está

dando formación elearning a titulados y administrativos en la misma ma-

teria (unos 1500 trabajadores)

El modelo de compliance se audita internamente de forma anual, sin que

haya habido ninguna incidencia reseñable al respecto

En proceso de realizar un nuevo análisis de riesgos penales de la empresa

para actualizar los controles y procedimientos para mitigarlos

Se va a aprobar la política de compliance y la política de regalos, invitacio-

nes y hospitalidades para el personal del Grupo Tragsa