Memoria de Sostenibilidad
2019
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Información a los accionistas minoritarios.
Con independencia
del cumplimiento estricto por la Sociedad de las obligaciones es-
tablecidas en el artículo 143 del Real Decreto 1373/2009, de 28 de
agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de
Patrimonio de las Administraciones Públicas, y en el artículo 197
del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y en ma-
teria de información a los socios, a efectos de facilitar y garantizar
el ejercicio de los derechos de los accionistas minoritarios, cada
una de las convocatorias de las Juntas Generales fue comunicada
con una carta de la Presidencia a cada uno de los accionistas, a la
que se adjuntaba el orden del día y la documentación con la in-
formación relativa a cada uno de los puntos incluidos en el orden
del día.
Consejo de Administración
Principales competencias.
El Consejo de Administración tiene
todas las facultades de representación, gobierno, dirección y ad-
ministración de la Sociedad y de los negocios e intereses sociales,
en todo cuanto no esté especialmente reservado por las Leyes y
por los Estatutos Sociales a la competencia de la Junta General de
Accionistas.
Entre las funciones y responsabilidades del Consejo de Adminis-
tración están: la representación de la Sociedad, la formulación
de las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de
aplicación del resultado, la convocatoria, asistencia y elaboración
del orden del día de las Juntas Generales, y la autorización de la
creación de comisiones con fines consultivos, organizativos o fun-
cionales específicos.
Estructura y composición del Consejo de Administración
. La
administración de la Sociedad corresponde a un Consejo de Ad-
ministración constituido por cuatro miembros como mínimo, y
quince como máximo, de conformidad con lo establecido en el
artículo 49 de los Estatutos Sociales. También integrarán dicho
órgano las personas que, por mandato legal, deban asignarse en
representación de los trabajadores de la Sociedad.
Corresponde a la Junta General tanto el nombramiento como la
separación de los consejeros. El cargo de consejero es renuncia-
ble, revocable y reelegible. No se requiere la cualidad de accionis-
ta para ser nombrado Consejero.
A 31 de diciembre de 2019 el Consejo de Administración de Tragsa
estaba integrado por 14 Consejeros y por un Secretario no Conse-
jero. El presidente del Consejo de Administración ocupa también
el cargo de primer ejecutivo de Tragsa.
El Consejo consta de un Consejero Ejecutivo (Presidente deTragsa), 2
Consejeros Independientes (Representante de UGT-FICA y Repre-
sentante de FECOMA-CCOO) y 11 Consejeros Dominicales (resto
de consejeros).