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Memoria de Sostenibilidad

2019

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Información a los accionistas minoritarios.

Con independencia

del cumplimiento estricto por la Sociedad de las obligaciones es-

tablecidas en el artículo 143 del Real Decreto 1373/2009, de 28 de

agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de

Patrimonio de las Administraciones Públicas, y en el artículo 197

del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y en ma-

teria de información a los socios, a efectos de facilitar y garantizar

el ejercicio de los derechos de los accionistas minoritarios, cada

una de las convocatorias de las Juntas Generales fue comunicada

con una carta de la Presidencia a cada uno de los accionistas, a la

que se adjuntaba el orden del día y la documentación con la in-

formación relativa a cada uno de los puntos incluidos en el orden

del día.

Consejo de Administración

Principales competencias.

El Consejo de Administración tiene

todas las facultades de representación, gobierno, dirección y ad-

ministración de la Sociedad y de los negocios e intereses sociales,

en todo cuanto no esté especialmente reservado por las Leyes y

por los Estatutos Sociales a la competencia de la Junta General de

Accionistas.

Entre las funciones y responsabilidades del Consejo de Adminis-

tración están: la representación de la Sociedad, la formulación

de las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de

aplicación del resultado, la convocatoria, asistencia y elaboración

del orden del día de las Juntas Generales, y la autorización de la

creación de comisiones con fines consultivos, organizativos o fun-

cionales específicos.

Estructura y composición del Consejo de Administración

. La

administración de la Sociedad corresponde a un Consejo de Ad-

ministración constituido por cuatro miembros como mínimo, y

quince como máximo, de conformidad con lo establecido en el

artículo 49 de los Estatutos Sociales. También integrarán dicho

órgano las personas que, por mandato legal, deban asignarse en

representación de los trabajadores de la Sociedad.

Corresponde a la Junta General tanto el nombramiento como la

separación de los consejeros. El cargo de consejero es renuncia-

ble, revocable y reelegible. No se requiere la cualidad de accionis-

ta para ser nombrado Consejero.

A 31 de diciembre de 2019 el Consejo de Administración de Tragsa

estaba integrado por 14 Consejeros y por un Secretario no Conse-

jero. El presidente del Consejo de Administración ocupa también

el cargo de primer ejecutivo de Tragsa.

El Consejo consta de un Consejero Ejecutivo (Presidente deTragsa), 2

Consejeros Independientes (Representante de UGT-FICA y Repre-

sentante de FECOMA-CCOO) y 11 Consejeros Dominicales (resto

de consejeros).