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Memoria de Sostenibilidad

2019

37

en marcha y entre ellas, y por interés, merece destacar el Plan

Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para

España, para mejorar la eficiencia de los servicios y favorecer el

desarrollo económico y social mediante la aplicación de las tec-

nologías digitales de los territorios o las medidas de apoyo a la

I+D+i española en ciberseguridad.

5.

Factores ambientales

. El balance positivo entre agricultura, ex-

plotación racional y la conservación medioambiental es uno de

los temas de debate más importantes en España y en Europa

y son múltiples las actuaciones encuadradas en los planes de

desarrollo rural con un fuerte componente medioambiental. En

todos ellas el Grupo Tragsa tiene presencia.

• Otro campo de trabajo o fuente de actividad futura, vin-

culada con la gestión del ciclo del agua y la adaptación/

mitigación del cambio climático, estará constituido por las

políticas que se pongan en marcha en los próximos años

como consecuencia del Pacto Nacional por el Agua que va

a recoger distintas propuestas técnicas para hacer un uso

más eficaz, solidario e integrado de los recursos hídricos

existentes en España.

• Igualmente, se abren nuevos horizontes en el marco de la

Estrategia Española de Economía Circular. En este contexto,

en línea con la política europea, se pone el acento priorita-

rio en las políticas ambientales a través del uso eficiente de

los recursos como base a un nuevo modelo de desarrollo y

crecimiento, coincidiendo además con la política europea

que busca un crecimiento sostenible y competitivo.

6.

Factores legales.

Al margen de las normas especiales que son

de aplicación al funcionamiento del Grupo Tragsa y las gene-

rales para todas las sociedades de capital, hay regulaciones

a las que conviene hacer mención por su incidencia, en este

apartado.

• Las contenidas desde 2012 en las distintas Leyes de Presu-

puestos Generales del Estado relativas a la gestión de per-

sonal en las empresas públicas.

• La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector

público (LCSP), que traspone las Directivas de Contratos de

la UE y regula el régimen jurídico Grupo Tragsa, ha permi-

tido solucionar gran parte de las dudas que los órganos de

asesoramiento, consulta y control de las Administraciones

Públicas plantean en los encargos al Grupo. Además, la D.A.

24ª de la LCSP configura a Tragsa y Tragsatec como poderes

adjudicadores, por lo que quedan sujetas a las prescripcio-

nes de esta norma en todas las contrataciones que puedan

promover. Se garantiza todos los principios que rigen la

contratación pública, como la libertad de acceso a las li-

citaciones, publicidad, transparencia, no discriminación e

igualdad de trato entre licitadores.

• El principio de transparencia también es de aplicación al

Grupo en virtud de otras normas, como la Ley 19/2013, de

9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información

Pública y Buen Gobierno.

• La entrada en vigor el 25 de mayo de 2018 del Reglamento

de Protección de Datos 2016/679 del Parlamento Europeo

y del Consejo de 27 de abril de 2016.

• La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del

Sector Publico (LRJSP) que dedica el artículo 86 a la regula-

ción de los medios propios y servicios técnicos,

No obstante, el factor endógeno que representan las perspectivas

financieras de las Administraciones Públicas suponen un factor

mucho más determinante que cualquier otro condicionante eco-

nómico relacionado con los diferentes sectores de actividad.

Medio interno

En relación al entorno interno, se han identificado los riesgos

empresariales del Grupo Tragsa que se detallan en el apartado

“4.1 Informe de Gobierno Corporativo”

.