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Memoria de Sostenibilidad

2019

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quier caso de incumplimiento. Se trata del

buzón del código ético

(Ver capítulo 4.1.: “Informe de Gobierno Corporativo”).

El Protocolo de actuación y decisión ante posibles ilícitos en el

Grupo Tragsa regula que la Comisión de Gobierno, Responsabi-

lidad Corporativa y Prevención de Riesgos Penales a través del

Compliance Officer

sea la destinataria de todas las denuncias que

se reciban y en función de la tipología y materia, de la orden para

la activación de los respectivos procedimientos internos existen-

tes en el Grupo (protocolo de acoso, protocolo de solución de

conflictos laborales, etc.). Es decir, se unifica en una única comi-

sión, delegada del Consejo de Administración, la legitimación

para la admisión de las denuncias.

Por otro lado, cabe indicar que hasta que en el seno de las Co-

misiones de Igualdad se acuerde un protocolo específico para el

acoso sexual y por razón de sexo, como determina la normativa

establecida en el RD-Ley 6/2019 de 1 de marzo, las denuncias que

pudieran producirse por estos extremos se gestionarán aplicando

el Protocolo de prevención y actuación frente a todos los tipos de

acoso en el trabajo.

Las reclamaciones en materia de acoso que se han recibido en el

ejercicio han sido 4 en Tragsa (2 tramitadas como conflicto y ce-

rradas con acuerdo, una inadmitida y una con resolución de no

acoso) y 4 en Tragsatec (una tramitada como conflicto, una no for-

malizada y 2 con resolución de no acoso).