Memoria de Sostenibilidad
2019
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quier caso de incumplimiento. Se trata del
buzón del código ético
(Ver capítulo 4.1.: “Informe de Gobierno Corporativo”).
El Protocolo de actuación y decisión ante posibles ilícitos en el
Grupo Tragsa regula que la Comisión de Gobierno, Responsabi-
lidad Corporativa y Prevención de Riesgos Penales a través del
Compliance Officer
sea la destinataria de todas las denuncias que
se reciban y en función de la tipología y materia, de la orden para
la activación de los respectivos procedimientos internos existen-
tes en el Grupo (protocolo de acoso, protocolo de solución de
conflictos laborales, etc.). Es decir, se unifica en una única comi-
sión, delegada del Consejo de Administración, la legitimación
para la admisión de las denuncias.
Por otro lado, cabe indicar que hasta que en el seno de las Co-
misiones de Igualdad se acuerde un protocolo específico para el
acoso sexual y por razón de sexo, como determina la normativa
establecida en el RD-Ley 6/2019 de 1 de marzo, las denuncias que
pudieran producirse por estos extremos se gestionarán aplicando
el Protocolo de prevención y actuación frente a todos los tipos de
acoso en el trabajo.
Las reclamaciones en materia de acoso que se han recibido en el
ejercicio han sido 4 en Tragsa (2 tramitadas como conflicto y ce-
rradas con acuerdo, una inadmitida y una con resolución de no
acoso) y 4 en Tragsatec (una tramitada como conflicto, una no for-
malizada y 2 con resolución de no acoso).